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BASES RIFA

LICEO MUGUEL LUIS AMUNATEGUI

En Santiago, República de Chile, a siete de septiembre de 2009, ante mi,  ALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público, Titular de la cuadragésima Notaria de Santiago, con Oficio en Calle Teatinos trescientos treinta y dos, comuna de Santiago, comparece: El “Liceo MIGUEL LUIS AMUNATEGUI”, representado por su directora doña MONICA SANDOVAL GALVEZ, profesora de Estado, cédula de identidad número siete millones ochocientos doce mil doscientos cincuenta y dos guión ocho y don VICTOR MANUEL ROJAS SALAZAR, presidente del Centro General de Padres y Apoderados, cédula de identidad número diez millones ochocientos noventa y dos mil quinientos setenta y ocho guión siete, ambos domiciliados en calle Agustinas número dos mil novecientos dieciocho, Comuna de Santiago, en adelante LA ORGANIZACIÓN”, vienen en protocolizar las siguientes bases de RIFA, según las cláusulas siguientes:

PRIMERO: GENERALIDADES:

a.       La RIFA, es organizada por la Dirección y el Centro General de Padres y Apoderados del Liceo Miguel Luis Amunategui.

b.      El objeto y destinación de los fondos de la rifa es,  implementar laboratorios de química, biología, computación y, otras necesidades imperiosas del liceo tales como, Data Show, amplificación y citófonos.

c.       Los dineros obtenidos, serán gastados en el mismo orden en que se describen las necesidades en la  letra “b”.

d.      LA ORGANIZACION, hará rendición pública de los fondos obtenidos por este concepto y conjuntamente con ello, el plan de trabajo de los laboratorios y demás necesidades descritas anteriormente.

SEGUNDO: DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA RIFA:

En todo el territorio nacional.

TERCERO: DE LA VIGENCIA: Inicio: 13 de agosto de 2009

Término: Según Cláusula QUINTA  (sorteo: oportunidad, fecha y lugar)

CUARTO: DE LA CANTIDAD DE TALONARIOS e IDENTIFICACION DE LOS MISMOS:

a.       Cantidad total de talonarios 1.400.

b.      Cada talonario se compone de 20 números enumerados del 1 al 20.

c.       Cada Talonario lleva un folio en su portada y éste a su vez se encuentra impreso en cada uno de los boletos de venta.

QUINTO: DEL SORTEO: Oportunidad, fecha y lugar.

El sorteo se realizará con un mínimo de 840 talonarios vendidos, correspondientes al 60% del total de talonarios puestos a la venta. Por consiguiente, las fechas del sorteo son:

a.       Primera Oportunidad: Sábado 12 de septiembre de 2009, a las 21:30 horas. Lugar del sorteo, dependencias del Liceo en la Fiesta organizada por Centro General de Padres y Apoderados.

b.      Segunda Oportunidad: Lunes 12 de octubre de 2009, a las 12:00, en el patio central del Liceo. Si éste día fuese declarado feriado, automáticamente, el  sorteo se realizará al día siguiente hábil. 

SEXTO: DE LOS PREMIOS:

a.       Una Moto Scooter

b.      Un Plasma de 32”

c.       Un Notebook

d.      Un Box Spring

e.      Un Juego de Living tres piezas

f.         Una cocina 4 platos

g.      Un Horno Microondas

h.       Una Cámara Digital

i.         Un Celular

j.         Plumón con Juego de Sabanas

k.       Un Juego de Loza 30 Piezas

l.         Un Taladro

m.     Un Juego de Cuchillería  

n.        UN Gift Card $20.000.-

SEPTIMO: DE LA RECEPCION DE LOS TALONARIOS:

a.       Estos serán recepcionados en secretaria del Centros General de Padres y Apoderados del Liceo, quienes para tales efectos, extenderán un recibo foliado y timbrado del talonario con su correspondiente valor o entrega de dineros.

b.      El plazo fatal para la entrega de talonarios, será el día 12 de septiembre  de 2009, desde las 11:00 a 17:00 horas. Para tales efectos, se constituirá una comisión compuesta por seis personas, la cual, no podrá sesionar con un número inferior a tres. Dicha comisión estará integrada por:

                                 i.      Un representante de la dirección del liceo,

                               ii.      Un integrante del Centro General de Padres y Apoderados y,

                              iii.      Un representante de los apoderados sin cargo dentro de su respectivo curso que representa de los distintos niveles.

c.       Finalmente, la comisión deberá confeccionar una nomina con los talonarios recepcionado, el cual conjuntamente con los entregados con anterioridad, deberán calcular el porcentaje mínimo para realizar el sorteo, según condiciones descritas en cláusula QUINTA.

OCTAVO: DEL PROCEDIMIENTO DEL SORTEO:

a.       El sorteo de los premios se realizará en el mismo orden en que son enumerados en la cláusula SEXTA.

b.      Corresponderá participar en el sorteo, todos aquellos talonarios que fueron debidamente recepcionados tanto por centros de padres como por la comisión encargada y constituida para tales efectos el día 12 de septiembre de 2009.

c.       Asimismo, participaran también los talonarios que han sido recibidos, aunque, no hayan sido vendido en su totalidad.

d.      En cuanto al procedimiento, para estos efectos, habrán dos tómbolas “A”  y  “B”, destinadas a contener en cada una de ellas:

                                 I.      Tómbola “A”: los números de folio correspondientes a cada talonario, es decir, del número 0001 al 1400 y,

                               II.      Tómbola “B”: los números de los boletos de venta de cada talonario, enumerados del 1 al 20.

e.      Primeramente se sacará de la tómbola “A”, el número del folio correspondiente al talonario y, en segundo lugar, de la tómbola “B” el número del boleto vendido.

f.         Cada vez, que se efectúe  el sorteo de un premio, los números serán introducidos nuevamente a sus tómbolas correspondientes, es decir, el número correspondiente al folio, a la tómbola “A” y el número del boleto vendido a la tómbola “B”.

g.      Asimismo, se continuará el sorteo de los premios, hasta el último de ellos, es decir, la GIFT  CARD con $20.000.-

h.       Cada premio sorteado, será certificado por la COMISION constituida para la recepción de los talonarios, de acuerdo a cláusula SEPTIMA, quienes deberán levantar un acta del sorteo y la adjudicación de los premios. Dicha acta, será rubricada en cada una de las carillas por los integrantes de la comisión.

NOVENO: PUBLICACION DE LOS PREMIOS:

Los números anadores y sus respectivos premios, serán publicados en la página Web: www.amunateguik12.cl

Asimismo, será publicada una nomina con los folios y números ganadores con sus respectivos premios, en el diario mural del liceo a partir del día siguiente al sorteo.

DECIMO: DEL RETIRO Y ENTREGA DE PREMIOS:

a. Los premios podrán ser cobrados y entregados el mismo día del sorteo o en su defecto hasta 30 días después de su realización. Pasado este plazo, LA ORGANIZACIÓN, se reserva el derecho a retener el premio, el cual, podrá entregarlo previo pago por parte del ganador del  50% de su valor.

b. En el evento, en que un premio no sea cobrado y retirado de acuerdo al punto anterior, quedará este premio a beneficio de LA ORGANIZACION, para sortearlos en futuras campañas similares.

DECIMO PRIMERO: DE LA ACEPTACIÓN DE LAS BASES:

Los adquirentes y/o compradores de uno o más boletos de la RIFA, declaran aceptar las cláusulas contenidas en las presentes bases, por cuanto, al dorso de los boletos, se encuentra impreso el nombre de la notaria en que fueron protocolizadas las presentes bases. En consecuencia, para todos los efectos legales, los adquirentes se tendrán por conocedores de dichas cláusulas.

DECIMO SEGUNDO: DE LAS MODIFICACIONES A LAS PRESENTES BASES:

LA ORGANIZACION, se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre el procedimiento y premios de la rifa, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, y su  comunicación sea pública,  con un plazo no mayor a cinco (5) días. Para tales efectos, se entenderá como aviso público de las modificaciones, la citación a reunión o en su defecto, la publicación en la página Web: www.amunateguik12.cl

DECIMO TERCERO: DE LA EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDADES:

LA ORGANIZACION, quedará liberada de toda responsabilidad  por daños y perjuicios de toda naturaleza que pudiesen afectar los premios, por consiguiente, por motivos de  fuerza mayor o caso fortuito que afecten la integridad del premio, sea este parcial o total, en los siguientes casos, no se responderá:

i.         Previa entrega al sorteo, debidamente comprobada,

j.         Una vez entregado el premio, el ganador será exclusivamente responsable del mismo,

k.       Una vez realizado el sorteo, el beneficiario que no retire su premio en el plazo estipulado, se constituirá en mora de recibir, por tanto, no tendrá derecho a ser indemnizado ni a ningún otro beneficio similar.

DECIMO CUARTO: DEL ÁRBITRO ARBITRADOR:

Ante cualquier controversia y/o aplicación de las cláusulas que integran estas bases, estos serán resueltos sin ulterior recurso por el habilitado de derecho MANUEL JESUS SUAZO ESPARZA, quien fallará como amigable componedor entre las partes. En comprobante y previa lectura firman los comparecientes y estampan su impresión digito pulgar en el presente instrumento. Se da copia.- doy Fe.-

BASES RIFA

LICEO MUGUEL LUIS AMUNATEGUI

En Santiago, República de Chile, a siete de septiembre de 2009, ante mi,  ALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público, Titular de la cuadragésima Notaria de Santiago, con Oficio en Calle Teatinos trescientos treinta y dos, comuna de Santiago, comparece: El “Liceo MIGUEL LUIS AMUNATEGUI”, representado por su directora doña MONICA SANDOVAL GALVEZ, profesora de Estado, cédula de identidad número siete millones ochocientos doce mil doscientos cincuenta y dos guión ocho y don VICTOR MANUEL ROJAS SALAZAR, presidente del Centro General de Padres y Apoderados, cédula de identidad número diez millones ochocientos noventa y dos mil quinientos setenta y ocho guión siete, ambos domiciliados en calle Agustinas número dos mil novecientos dieciocho, Comuna de Santiago, en adelante LA ORGANIZACIÓN”, vienen en protocolizar las siguientes bases de RIFA, según las cláusulas siguientes:

PRIMERO: GENERALIDADES:

a.       La RIFA, es organizada por la Dirección y el Centro General de Padres y Apoderados del Liceo Miguel Luis Amunategui.

b.      El objeto y destinación de los fondos de la rifa es,  implementar laboratorios de química, biología, computación y, otras necesidades imperiosas del liceo tales como, Data Show, amplificación y citófonos.

c.       Los dineros obtenidos, serán gastados en el mismo orden en que se describen las necesidades en la  letra “b”.

d.      LA ORGANIZACION, hará rendición pública de los fondos obtenidos por este concepto y conjuntamente con ello, el plan de trabajo de los laboratorios y demás necesidades descritas anteriormente.

SEGUNDO: DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA RIFA:

En todo el territorio nacional.

TERCERO: DE LA VIGENCIA: Inicio: 13 de agosto de 2009

Término: Según Cláusula QUINTA  (sorteo: oportunidad, fecha y lugar)

CUARTO: DE LA CANTIDAD DE TALONARIOS e IDENTIFICACION DE LOS MISMOS:

a.       Cantidad total de talonarios 1.400.

b.      Cada talonario se compone de 20 números enumerados del 1 al 20.

c.       Cada Talonario lleva un folio en su portada y éste a su vez se encuentra impreso en cada uno de los boletos de venta.

QUINTO: DEL SORTEO: Oportunidad, fecha y lugar.

El sorteo se realizará con un mínimo de 840 talonarios vendidos, correspondientes al 60% del total de talonarios puestos a la venta. Por consiguiente, las fechas del sorteo son:

a.       Primera Oportunidad: Sábado 12 de septiembre de 2009, a las 21:30 horas. Lugar del sorteo, dependencias del Liceo en la Fiesta organizada por Centro General de Padres y Apoderados.

b.      Segunda Oportunidad: Lunes 12 de octubre de 2009, a las 12:00, en el patio central del Liceo. Si éste día fuese declarado feriado, automáticamente, el  sorteo se realizará al día siguiente hábil. 

SEXTO: DE LOS PREMIOS:

a.       Una Moto Scooter

b.      Un Plasma de 32”

c.       Un Notebook

d.      Un Box Spring

e.      Un Juego de Living tres piezas

f.         Una cocina 4 platos

g.      Un Horno Microondas

h.       Una Cámara Digital

i.         Un Celular

j.         Plumón con Juego de Sabanas

k.       Un Juego de Loza 30 Piezas

l.         Un Taladro

m.     Un Juego de Cuchillería  

n.        UN Gift Card $20.000.-

SEPTIMO: DE LA RECEPCION DE LOS TALONARIOS:

a.       Estos serán recepcionados en secretaria del Centros General de Padres y Apoderados del Liceo, quienes para tales efectos, extenderán un recibo foliado y timbrado del talonario con su correspondiente valor o entrega de dineros.

b.      El plazo fatal para la entrega de talonarios, será el día 12 de septiembre  de 2009, desde las 11:00 a 17:00 horas. Para tales efectos, se constituirá una comisión compuesta por seis personas, la cual, no podrá sesionar con un número inferior a tres. Dicha comisión estará integrada por:

                                 i.      Un representante de la dirección del liceo,

                               ii.      Un integrante del Centro General de Padres y Apoderados y,

                              iii.      Un representante de los apoderados sin cargo dentro de su respectivo curso que representa de los distintos niveles.

c.       Finalmente, la comisión deberá confeccionar una nomina con los talonarios recepcionado, el cual conjuntamente con los entregados con anterioridad, deberán calcular el porcentaje mínimo para realizar el sorteo, según condiciones descritas en cláusula QUINTA.

OCTAVO: DEL PROCEDIMIENTO DEL SORTEO:

a.       El sorteo de los premios se realizará en el mismo orden en que son enumerados en la cláusula SEXTA.

b.      Corresponderá participar en el sorteo, todos aquellos talonarios que fueron debidamente recepcionados tanto por centros de padres como por la comisión encargada y constituida para tales efectos el día 12 de septiembre de 2009.

c.       Asimismo, participaran también los talonarios que han sido recibidos, aunque, no hayan sido vendido en su totalidad.

d.      En cuanto al procedimiento, para estos efectos, habrán dos tómbolas “A”  y  “B”, destinadas a contener en cada una de ellas:

                                 I.      Tómbola “A”: los números de folio correspondientes a cada talonario, es decir, del número 0001 al 1400 y,

                               II.      Tómbola “B”: los números de los boletos de venta de cada talonario, enumerados del 1 al 20.

e.      Primeramente se sacará de la tómbola “A”, el número del folio correspondiente al talonario y, en segundo lugar, de la tómbola “B” el número del boleto vendido.

f.         Cada vez, que se efectúe  el sorteo de un premio, los números serán introducidos nuevamente a sus tómbolas correspondientes, es decir, el número correspondiente al folio, a la tómbola “A” y el número del boleto vendido a la tómbola “B”.

g.      Asimismo, se continuará el sorteo de los premios, hasta el último de ellos, es decir, la GIFT  CARD con $20.000.-

h.       Cada premio sorteado, será certificado por la COMISION constituida para la recepción de los talonarios, de acuerdo a cláusula SEPTIMA, quienes deberán levantar un acta del sorteo y la adjudicación de los premios. Dicha acta, será rubricada en cada una de las carillas por los integrantes de la comisión.

NOVENO: PUBLICACION DE LOS PREMIOS:

Los números anadores y sus respectivos premios, serán publicados en la página Web: www.amunateguik12.cl

Asimismo, será publicada una nomina con los folios y números ganadores con sus respectivos premios, en el diario mural del liceo a partir del día siguiente al sorteo.

DECIMO: DEL RETIRO Y ENTREGA DE PREMIOS:

a. Los premios podrán ser cobrados y entregados el mismo día del sorteo o en su defecto hasta 30 días después de su realización. Pasado este plazo, LA ORGANIZACIÓN, se reserva el derecho a retener el premio, el cual, podrá entregarlo previo pago por parte del ganador del  50% de su valor.

b. En el evento, en que un premio no sea cobrado y retirado de acuerdo al punto anterior, quedará este premio a beneficio de LA ORGANIZACION, para sortearlos en futuras campañas similares.

DECIMO PRIMERO: DE LA ACEPTACIÓN DE LAS BASES:

Los adquirentes y/o compradores de uno o más boletos de la RIFA, declaran aceptar las cláusulas contenidas en las presentes bases, por cuanto, al dorso de los boletos, se encuentra impreso el nombre de la notaria en que fueron protocolizadas las presentes bases. En consecuencia, para todos los efectos legales, los adquirentes se tendrán por conocedores de dichas cláusulas.

DECIMO SEGUNDO: DE LAS MODIFICACIONES A LAS PRESENTES BASES:

LA ORGANIZACION, se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre el procedimiento y premios de la rifa, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, y su  comunicación sea pública,  con un plazo no mayor a cinco (5) días. Para tales efectos, se entenderá como aviso público de las modificaciones, la citación a reunión o en su defecto, la publicación en la página Web: www.amunateguik12.cl

DECIMO TERCERO: DE LA EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDADES:

LA ORGANIZACION, quedará liberada de toda responsabilidad  por daños y perjuicios de toda naturaleza que pudiesen afectar los premios, por consiguiente, por motivos de  fuerza mayor o caso fortuito que afecten la integridad del premio, sea este parcial o total, en los siguientes casos, no se responderá:

i.         Previa entrega al sorteo, debidamente comprobada,

j.         Una vez entregado el premio, el ganador será exclusivamente responsable del mismo,

k.       Una vez realizado el sorteo, el beneficiario que no retire su premio en el plazo estipulado, se constituirá en mora de recibir, por tanto, no tendrá derecho a ser indemnizado ni a ningún otro beneficio similar.

DECIMO CUARTO: DEL ÁRBITRO ARBITRADOR:

Ante cualquier controversia y/o aplicación de las cláusulas que integran estas bases, estos serán resueltos sin ulterior recurso por el habilitado de derecho MANUEL JESUS SUAZO ESPARZA, quien fallará como amigable componedor entre las partes. En comprobante y previa lectura firman los comparecientes y estampan su impresión digito pulgar en el presente instrumento. Se da copia.- doy Fe.-

BASES RIFA

LICEO MUGUEL LUIS AMUNATEGUI

En Santiago, República de Chile, a siete de septiembre de 2009, ante mi,  ALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público, Titular de la cuadragésima Notaria de Santiago, con Oficio en Calle Teatinos trescientos treinta y dos, comuna de Santiago, comparece: El “Liceo MIGUEL LUIS AMUNATEGUI”, representado por su directora doña MONICA SANDOVAL GALVEZ, profesora de Estado, cédula de identidad número siete millones ochocientos doce mil doscientos cincuenta y dos guión ocho y don VICTOR MANUEL ROJAS SALAZAR, presidente del Centro General de Padres y Apoderados, cédula de identidad número diez millones ochocientos noventa y dos mil quinientos setenta y ocho guión siete, ambos domiciliados en calle Agustinas número dos mil novecientos dieciocho, Comuna de Santiago, en adelante LA ORGANIZACIÓN”, vienen en protocolizar las siguientes bases de RIFA, según las cláusulas siguientes:

PRIMERO: GENERALIDADES:

a.       La RIFA, es organizada por la Dirección y el Centro General de Padres y Apoderados del Liceo Miguel Luis Amunategui.

b.      El objeto y destinación de los fondos de la rifa es,  implementar laboratorios de química, biología, computación y, otras necesidades imperiosas del liceo tales como, Data Show, amplificación y citófonos.

c.       Los dineros obtenidos, serán gastados en el mismo orden en que se describen las necesidades en la  letra “b”.

d.      LA ORGANIZACION, hará rendición pública de los fondos obtenidos por este concepto y conjuntamente con ello, el plan de trabajo de los laboratorios y demás necesidades descritas anteriormente.

SEGUNDO: DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA RIFA:

En todo el territorio nacional.

TERCERO: DE LA VIGENCIA: Inicio: 13 de agosto de 2009

Término: Según Cláusula QUINTA  (sorteo: oportunidad, fecha y lugar)

CUARTO: DE LA CANTIDAD DE TALONARIOS e IDENTIFICACION DE LOS MISMOS:

a.       Cantidad total de talonarios 1.400.

b.      Cada talonario se compone de 20 números enumerados del 1 al 20.

c.       Cada Talonario lleva un folio en su portada y éste a su vez se encuentra impreso en cada uno de los boletos de venta.

QUINTO: DEL SORTEO: Oportunidad, fecha y lugar.

El sorteo se realizará con un mínimo de 840 talonarios vendidos, correspondientes al 60% del total de talonarios puestos a la venta. Por consiguiente, las fechas del sorteo son:

a.       Primera Oportunidad: Sábado 12 de septiembre de 2009, a las 21:30 horas. Lugar del sorteo, dependencias del Liceo en la Fiesta organizada por Centro General de Padres y Apoderados.

b.      Segunda Oportunidad: Lunes 12 de octubre de 2009, a las 12:00, en el patio central del Liceo. Si éste día fuese declarado feriado, automáticamente, el  sorteo se realizará al día siguiente hábil. 

SEXTO: DE LOS PREMIOS:

a.       Una Moto Scooter

b.      Un Plasma de 32”

c.       Un Notebook

d.      Un Box Spring

e.      Un Juego de Living tres piezas

f.         Una cocina 4 platos

g.      Un Horno Microondas

h.       Una Cámara Digital

i.         Un Celular

j.         Plumón con Juego de Sabanas

k.       Un Juego de Loza 30 Piezas

l.         Un Taladro

m.     Un Juego de Cuchillería  

n.        UN Gift Card $20.000.-

SEPTIMO: DE LA RECEPCION DE LOS TALONARIOS:

a.       Estos serán recepcionados en secretaria del Centros General de Padres y Apoderados del Liceo, quienes para tales efectos, extenderán un recibo foliado y timbrado del talonario con su correspondiente valor o entrega de dineros.

b.      El plazo fatal para la entrega de talonarios, será el día 12 de septiembre  de 2009, desde las 11:00 a 17:00 horas. Para tales efectos, se constituirá una comisión compuesta por seis personas, la cual, no podrá sesionar con un número inferior a tres. Dicha comisión estará integrada por:

                                 i.      Un representante de la dirección del liceo,

                               ii.      Un integrante del Centro General de Padres y Apoderados y,

                              iii.      Un representante de los apoderados sin cargo dentro de su respectivo curso que representa de los distintos niveles.

c.       Finalmente, la comisión deberá confeccionar una nomina con los talonarios recepcionado, el cual conjuntamente con los entregados con anterioridad, deberán calcular el porcentaje mínimo para realizar el sorteo, según condiciones descritas en cláusula QUINTA.

OCTAVO: DEL PROCEDIMIENTO DEL SORTEO:

a.       El sorteo de los premios se realizará en el mismo orden en que son enumerados en la cláusula SEXTA.

b.      Corresponderá participar en el sorteo, todos aquellos talonarios que fueron debidamente recepcionados tanto por centros de padres como por la comisión encargada y constituida para tales efectos el día 12 de septiembre de 2009.

c.       Asimismo, participaran también los talonarios que han sido recibidos, aunque, no hayan sido vendido en su totalidad.

d.      En cuanto al procedimiento, para estos efectos, habrán dos tómbolas “A”  y  “B”, destinadas a contener en cada una de ellas:

                                 I.      Tómbola “A”: los números de folio correspondientes a cada talonario, es decir, del número 0001 al 1400 y,

                               II.      Tómbola “B”: los números de los boletos de venta de cada talonario, enumerados del 1 al 20.

e.      Primeramente se sacará de la tómbola “A”, el número del folio correspondiente al talonario y, en segundo lugar, de la tómbola “B” el número del boleto vendido.

f.         Cada vez, que se efectúe  el sorteo de un premio, los números serán introducidos nuevamente a sus tómbolas correspondientes, es decir, el número correspondiente al folio, a la tómbola “A” y el número del boleto vendido a la tómbola “B”.

g.      Asimismo, se continuará el sorteo de los premios, hasta el último de ellos, es decir, la GIFT  CARD con $20.000.-

h.       Cada premio sorteado, será certificado por la COMISION constituida para la recepción de los talonarios, de acuerdo a cláusula SEPTIMA, quienes deberán levantar un acta del sorteo y la adjudicación de los premios. Dicha acta, será rubricada en cada una de las carillas por los integrantes de la comisión.

NOVENO: PUBLICACION DE LOS PREMIOS:

Los números anadores y sus respectivos premios, serán publicados en la página Web: www.amunateguik12.cl

Asimismo, será publicada una nomina con los folios y números ganadores con sus respectivos premios, en el diario mural del liceo a partir del día siguiente al sorteo.

DECIMO: DEL RETIRO Y ENTREGA DE PREMIOS:

a. Los premios podrán ser cobrados y entregados el mismo día del sorteo o en su defecto hasta 30 días después de su realización. Pasado este plazo, LA ORGANIZACIÓN, se reserva el derecho a retener el premio, el cual, podrá entregarlo previo pago por parte del ganador del  50% de su valor.

b. En el evento, en que un premio no sea cobrado y retirado de acuerdo al punto anterior, quedará este premio a beneficio de LA ORGANIZACION, para sortearlos en futuras campañas similares.

DECIMO PRIMERO: DE LA ACEPTACIÓN DE LAS BASES:

Los adquirentes y/o compradores de uno o más boletos de la RIFA, declaran aceptar las cláusulas contenidas en las presentes bases, por cuanto, al dorso de los boletos, se encuentra impreso el nombre de la notaria en que fueron protocolizadas las presentes bases. En consecuencia, para todos los efectos legales, los adquirentes se tendrán por conocedores de dichas cláusulas.

DECIMO SEGUNDO: DE LAS MODIFICACIONES A LAS PRESENTES BASES:

LA ORGANIZACION, se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre el procedimiento y premios de la rifa, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, y su  comunicación sea pública,  con un plazo no mayor a cinco (5) días. Para tales efectos, se entenderá como aviso público de las modificaciones, la citación a reunión o en su defecto, la publicación en la página Web: www.amunateguik12.cl

DECIMO TERCERO: DE LA EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDADES:

LA ORGANIZACION, quedará liberada de toda responsabilidad  por daños y perjuicios de toda naturaleza que pudiesen afectar los premios, por consiguiente, por motivos de  fuerza mayor o caso fortuito que afecten la integridad del premio, sea este parcial o total, en los siguientes casos, no se responderá:

i.         Previa entrega al sorteo, debidamente comprobada,

j.         Una vez entregado el premio, el ganador será exclusivamente responsable del mismo,

k.       Una vez realizado el sorteo, el beneficiario que no retire su premio en el plazo estipulado, se constituirá en mora de recibir, por tanto, no tendrá derecho a ser indemnizado ni a ningún otro beneficio similar.

DECIMO CUARTO: DEL ÁRBITRO ARBITRADOR:

Ante cualquier controversia y/o aplicación de las cláusulas que integran estas bases, estos serán resueltos sin ulterior recurso por el habilitado de derecho MANUEL JESUS SUAZO ESPARZA, quien fallará como amigable componedor entre las partes. En comprobante y previa lectura firman los comparecientes y estampan su impresión digito pulgar en el presente instrumento. Se da copia.- doy Fe.-